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Baremo

El proceso selectivo para el acceso a la Guardia Civil se trata de un concurso-oposición.

La oposición se corresponde con la nota del examen y el apto conseguido en las distintas pruebas (físicas, entrevista y reconocimiento médico).

La nota global de la oposición de cada aspirante es: 
Nota opositor = Nota examen conocimientos + Nota examen inglés + Nota psicotécnicos + Baremo. 

El baremo es la parte de concurso de la oposición. La valoración máxima que se puede obtener en esta parte del proceso son 40 puntos. Se pueden conseguir puntos de Baremo por:

Méritos profesionales 

La puntuación obtenida por méritos profesionales será la suma de los que se posean, conforme a los apartados de este punto, no pudiendo rebasar los 12 puntos.  

Exclusivo para plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería:
  • Haber cumplido el servicio militar como militar de reemplazo: 0,75 puntos. 
  • Tiempo de servicios prestados como militar de tropa y marinería: Por años completos de servicios como militar de tropa y marinería), hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias: 0,75 puntos por cada año completo de servicio hasta un máximo de 7 puntos. 
  • Por el empleo máximo alcanzado como militar profesional en cualquier Ejército: Cabo: 2 puntos y Cabo 1.º: 3 puntos.  

Para plazas de acceso libre y reservadas a los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes: 
  • Haber cumplido el servicio militar como militar de reemplazo: 0,75 puntos.
  •  Por cada año completo de servicio en la Administración General del Estado (incluidos como militar): 0,75 puntos. 
  • Por ser militar de tropa y marinería: 1,5 puntos. 
  • Tiempos de servicios prestados como Reservista Voluntario desde que se adquiera la citada condición: 0,02 puntos/mes.

Otros méritos:

La puntuación obtenida por otros méritos será la suma de los que se posean, conforme a los apartados de este punto, no pudiendo rebasar los 28 puntos.

 Idiomas: 

Por cada idioma, solamente se contabilizará una acreditación de un perfil lingüístico SLP o un certificado oficial de la Escuela Oficial de Idiomas.

Acreditación de un perfil lingüístico SLP del STANAG 6001 de la OTAN en idiomas extranjeros (Alemán, Árabe, Francés, Inglés, Italiano, Portugués y Ruso):
  • Perfil lingüístico SLP 4.4.4.4 o superior: 8 puntos. 
  • Perfil lingüístico SLP 3.3.3.3 o superior: 6 puntos. 
  • Perfil lingüístico SLP 2.2.2.2 o superior: 4 puntos.
No se valorará un perfil lingüístico inferior al 2.2.2.2. Estos perfiles lingüísticos solamente los podrán invocar los aspirantes que pertenezcan o hayan pertenecido a las Fuerzas Armadas.

Certificado oficial de la Escuela Oficial de Idiomas extranjeros (Alemán, Árabe, Francés, Inglés, Italiano, Portugués y Ruso). 

Para un idioma concreto solamente se contabilizará el título o certificado aportado de mayor puntuación según el siguiente baremo:

  • Certificado Oficial de una Escuela Oficial de Idiomas de nivel avanzado C2: 9 puntos.
  • Certificado Oficial de una Escuela Oficial de Idiomas de nivel avanzado C1: 7 puntos.
  • Certificado Oficial de una Escuela Oficial de Idiomas de nivel Intermedio B2: 5 puntos. 

Nivel académico: 

Estar en posesión de título o certificado de:
  • Doctor: 8 puntos.
  • Máster Universitario Oficial o titulación equivalente a MECES 3: 6 puntos. 
  • Graduado o titulación equivalente a MECES 2: 4 puntos. 
  • Técnico Superior: 2 puntos. 
  • Bachiller LOE 2/2006, de 3 de mayo, o equivalente académico: 1,6 puntos. 
Los aspirantes reflejarán en su inscripción solo una titulación que acredite su nivel académico, siendo esta la única que será valorada.

No serán objeto de baremación: las pruebas o titulaciones que solo facultan o pueden servir para acceder a determinadas enseñanzas; las que únicamente tengan declarada o reconocida, por órgano competente, su equivalencia a efectos profesionales o laborales con alguna titulación terminal académica concreta del sistema educativo general vigente; las que únicamente permitan participar en los procesos selectivos de ingreso en los correspondientes Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado y demás Administraciones Públicas; y los diplomas y títulos propios de las Universidades que no estén homologados mediante Real Decreto.

Permisos de conducción: 

Estar en posesión de:
  • Permiso de Conducción de la clase A o A2: 3 puntos.
  • Permiso de Conducción de las clases C1, C, C1+E, D1, D, D1+E: 1 punto. 
  • Permiso de Conducción de las clases C+E, D+E: 3 puntos.
En cada apartado solamente se podrá baremar uno de los permisos de conducción. El baremo máximo que se podrá obtener por la posesión de los diferentes permisos de conducción, no superará los 5 puntos.

Deportista de alto nivel: 

Quienes hayan ostentado dicha condición en los últimos cinco años a contar desde la adquisición de tal condición hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias:
  • Incluidos en el Grupo A: 0,35 puntos por cada año completo.
  • Incluidos en el Grupo B: 0,25 puntos por cada año completo. 
  • Incluidos en el Grupo C: 0,20 puntos por cada año completo. 
Solo se computará la puntuación más alta resultante del cálculo efectuado según el párrafo anterior.

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